Noticias
Los restaurantes ganan la partida a las comunidades de vecinos
El Tribunal Supremo ha establecido de forma radical que la comunidad de vecinos no puede perjudicar al propietario de un restaurante con el cierre de un acceso público a la calle para sus clientes a través de la urbanización. Una apertura que no se podrá impedir ni con acuerdos mayoritarios del vecindario.
Es bastante habitual que los restaurantes se encuentren situados en locales de negocio de las comunidades de vecinos y que tengan accesos de entrada comunes con el edificio, por ejemplo, a través del portal o del jardín de la comunidad de propietarios. Ésta no podrá ya limitar ni impedir este tipo de accesos, ya que perjudica la marcha del negocio de los restaurantes.
La sentencia definitiva se ha realizado a raíz de la demanda que un restaurante de la Costa Blanca realizó a una comunidad de vecinos que valló dos de los cuatro accesos con los que contaba.
- Ya no se puede comentar en esta noticia. Los comentarios estan cerrados. -






182 comentarios











Ver todos los comentarios